Con esta descripción no podemos determinarlo. Habrá que estar a los estatutos de la comunidad y las escrituras de propiedad para determinar tal pertenencia.
]]>Buenos días los daños que le cause su vecino son responsaabilidad de su vecino. Que los daños los haya causado por la intervención de terceros no le exime de responsabilidad. Reclámele los daños que usted considera recibidos y si no responde demándele.
Saludos
Dificil situación que por otro lado no se puede resolver aplicando las reglas del seguro porque se trata deun contrato de leasing de vehículos sujeto a sus propias reglas contractuales.
Por lo general los contratos de renting de vehículos suelen incorporar clausulas de salvaguarda que facturan al arrendatario por los desperfectos distintos de los «normales» por el uso del vehículo.
Si dispones de fotos del vehículo en el momento de la entrega podrían servirte de prueba del error en la peritación que te perjudica.
Si el Acta de Recepción fue firmada por la persona que recigió el vehículo y no incorporó en ella ninguna opservación externa de los daños que se imputan, entonces se puede usar el acta para defender nuestra posición. Cosa distinta es, los daños internos no visibles pero habrá el operador de renting demostrar que no son ‘normales’ y que en efecto estaban presentes tras la firma del Acta de recepción.
Por lo general, el contrato de rentig ampara los cargos que se pueden generar por los daños citados.
Si disrepas, combate cuanto puedas y si no puedes solo acude a un servicio letrado especializado.
Los daños consisten en el desprendimiento de varias filas de azulejos en mi Cuarto de baño (situado debajo del baño donde tuvo lugar la rotura de un codo de entrada de agua), Lavado y eliminación de la lechada por la caída de agua durante varias horas de manera continua.
Abombamientos y desprendimiento de la pintura en mi Cuarto de y manchas de humedad en el techo y pared contigua al baño en el pasillo de la vivienda y la imposibilidad de utilizar la ducha del cuarto de baño de la vivienda desde el 10 de octubre. Desplazamiento 600Km desde donde yo vivo actualmente a la vivienda (no lo han valorado). Daños en la puerta del cuarto de baño.
Toda esta agua, junto con la caída en el piso contiguo cayó también al techo del salón de la Planta Baja que también se encuentra afectado con desprendimientos de pintura y abombamientos en el techo
Vino el perito de la empresa constructora y tomo medidas e hizo fotos y pues daba por hecho que el culpable había sido el constructor y que lo cubrían ellos. Unos días después vino el de mi compañía y también midió techos, azulejos y paredes.
Ambos comentaron que se habían caído los azulejos porque estaban mal agarrados a la pared, en lo cual yo no estoy de acuerdo porque se cayeron por la eliminación de la lechada por la caída de agua durante varias horas de manera continua toda la noche.
Yo intenté hablar con mi compañía de seguros pero en lugar de llamarme para informarme, sobre si estoy de acuerdo, he encontrado ayer una carta en el buzon en la que me hacen un ingreso de 500 euros solo por los daños por agua, cuando mi póliza estipula 10.400euros en daños por agua y 1000euros en daños esteticos.
Considero que los 2 peritos han infravalorado el siniestro y que el del constructor debe enviar a alguien que arregle los desperfectos que han causado los operarios, y si es más que paguen ellos la diferencia.
¿Puedo reclamarle a mi vecino, que fue el contratante de la empresa constructora o al seguro del constructor? Mi compañía no se ha comportado correctamente
Por favor necesito que me orienten, muchas gracias.
NUestro consejo Gabriel es que se ponga de acuerdo con su vecino para contratar un profesional que revise a fondo el problema y levante acta del origen del problema. Una vez conocido y documentado acudan contra el culpable para que su aseguradora se responsabilice.
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