El despido de trabajo, es la terminación de un contrato laboral originado por la voluntad del patrón ante el incumplimiento grave del trabajador.
Esta decisión del patrón de cancelar el contrato, debe ser siempre y cuando las faltas del trabajador sean graves como para que merezcan el despido.
Al patrón le corresponde analizar si tiene pruebas suficientes para cancelar el contrato, porque si el trabajador decide demandar el tendrá que comprobar las causas del despido ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
El patrón tiene la obligación de darle al trabajador, el aviso por escrito, de la fecha y el motivo por el cual fue despedido, y en caso de que este no la quiera recibir, el patrón tendrá que informarle a la Junta de Conciliación y Arbitraje y además, solicitarle que notifique al trabajador por medio de un actuario de la Junta quien a su vez levantará un acta circunstanciada de la diligencia.
Si por algún motivo el patrón no notifica a la Junta de Conciliación y Arbitraje, durante los cinco días siguientes a la fecha en que hizo el despido, entonces se considera despido injustificado.
Las causas por las que un trabajador puede ser despedido y sin que el patrón tenga la obligación de pagar indemnización por despido están establecidas en el artículo 47 de la Ley Federal Del Trabajo:
Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con Certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia;
III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;
IV. Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo;
VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio;
VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él;
VIII. Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo
IX. Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa;
X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso de patrón o sin causa justificada;
XI. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado;
XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades
XIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico;
XIV. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y
XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.
Calcular Finiquito
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El cálculo finiquito, es la indemnización a la que el empleado tiene derecho cuando es despedido de su trabajo sin ninguna justificación. La indemnización por despido es un pago en efectivo que la empresa debe entregar al trabajador cuando la causa de final de la relación laboral es el despido.
Cuando nos encontramos ante un despido injustificado asumimos dos opciones para demandar: la indemnización Constitucional y la reinstalación al empleo, en los mismos términos y condiciones en que lo venia desempeñando, en esta última opción, si el patrón se niega a reinstalarlo a pesar de que la autoridad lo esta obligando, entonces también tendría que pagar los veinte días de sueldo por año laborado en lugar de doce de la prima de antigüedad que esta contemplada en el artículo 162 de la Ley Federal Del Trabajo.
El despido injustificado de da cuando el patrón da por terminada la relación laboral sin que el empleado haya incurrido en ninguna falta
Para que elabore su cálculo finiquito conforme a la Ley Federal Del Trabajo lo primero es que usted tenga un fundamento legal y estos los encuentra establecidos en los artículos:
Artículo 48.- El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.
Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo
Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:
I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios
II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y
III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y en el de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se paguen las indemnizaciones
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios
Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones
Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Calcular Finiquito
]]>Si bien visto de esa manera poco claro nos queda, al aplicarlo en el día a día de seguro que todos entendemos qué queremos decir cuando mencionamos la nómina en nuestro empleo. Lo que todos conocemos como nómina o la preparación de una nómina constituye una función separada del mantenimiento de los registros a través del cual se muestra el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal.
Para su preparación se llevan a cabo varios pasos, el primero se ejecuta al final de cada período de pago, y consiste en la preparación de la nómina, donde debe mostrar los nombres y remuneraciones de los trabajadores.
Como bien dijimos, se realiza a partir de pasos fundamentales que son comunes en la mayoría de las organizaciones. La información que se incluye en ese registro, a través de la preparación de de nómina, consiste en el salario autorizado para cada trabajador y el número de horas trabajadas, tomadas de las tarjetas de tiempo o de documentos similares.
Después de separar las horas ordinarias de las extraordinarias, y de aplicar las tarifas apropiadas para cada categoría laboral se tiene el total del salario devengado. La retención en la fuente, el aporte al seguro social y cualquier otra deducción autorizada por el trabajador se registran luego del valor devengado para obtener por diferencia entre el total devengado y los totales retenidos el valor neto.
En este sentido, consideramos la nómina a los recibos de cada uno de los salarios, referido a meses naturales. La preparación de cheques o de la transferencia bancaria de nómina constituye una función generalmente separada del mantenimiento de los registros que muestran el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal, que deberán conservarse con el comprobante del abono y los boletines de cotización a la Seguridad Social.
Por esta razón es que también se denomina nóminas a las cuentas bancarias donde depositamos nuestro salario mensual. En este sentido, a continuación les ofrecemos las mejores cuentas nómina:
Como bien dijimos, las nóminas se confeccionan una vez al mes a cada trabajador de la empresa, el procedimiento que se ha de seguir para su confección es el siguiente:
Algunos enlaces de interés:
Asimismo, dejamos un video que explica algunas cuestiones sobre el impuesto sobre la nómina:
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Ante la gran necesidad que tienen las empresas de alcanzar y mantener el éxito, han pensado en el trabajo en equipo como una forma de trabajo habitual.
Trabajo en equipo, es una gran responsabilidad, puesto que cada integrante del equipo debe estar consiente del compromiso que está haciendo en conjunto.
Trabajo en equipo significa, que cada integrante implemente una serie de estrategias, procedimientos y metodologías que utilizarán para lograr lo que se proponen.
Para desarrollar un buen trabajo en equipo es necesario:
Características que tiene que reunir los integrantes de un equipo de trabajo para que ésta se realice de la manera más apropiada:
Para que un trabajo en equipo funcione bien, los integrantes del equipo, deben trabajar para alcanzar un fin común, que haya solidaridad y que el coordinador reconozca méritos individuales.