Advertise with Googlier.com Enseñando Informática https://blogs.ua.es/domingo Un blog de Domingo Gallardo Fri, 24 Nov 2023 15:40:10 +0000 ua-ES hourly 1 https://wordpress.org/?v=7.1.4 Web con los materiales del Experto Java https://blogs.ua.es/domingo/2023/11/23/web-con-los-materiales-del-experto-java/ https://blogs.ua.es/domingo/2023/11/23/web-con-los-materiales-del-experto-java/#respond Thu, 23 Nov 2023 10:30:12 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=569 Continue reading →]]> En el año 2002, hace más de 20 años, un grupo de profesores del Departamento de Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial comenzamos a impartir el curso de Especialista Universitario en Java Enterprise. Este curso fue pionero entre los ofrecidos por las universidades españolas. Se enfocaba en una tecnología y un lenguaje de programación novedosos para ese momento. Java Enterprise, apenas emergente entonces, ahora es fundamental en sectores críticos como la banca, la medicina, el turismo y las entidades públicas. Durante los 15 años siguientes se formaron más de 200 profesionales en estas tecnologías, pasando a formar parte del capital humano de importantes empresas de software con sede en Alicante.

En el curso 2015-16, ofrecimos la última edición del curso. Los contenidos se habían transformado completamente respecto a los originales. Incluían frameworks para aplicaciones web en JavaScript y bases de datos NoSQL, mostrando la enorme evolución de la tecnología a lo largo de estos años.

Con el objetivo de preservar esta pequeña parte de la historia de la informática y de que sirvan como recurso histórico y educativo, hacemos públicos los materiales docentes del curso en la web:

expertojavaua.github.io

Los materiales incluyen presentaciones, apuntes, ejercicios prácticos y proyectos elaborados por los profesores participantes en estos cursos. Nos complace ofrecerlos de manera gratuita y accesible, animando a los visitantes a explorar y aprender a través de estas páginas que reflejan una perspectiva valiosa sobre el desarrollo de la tecnología Java y sus aplicaciones en ese período.

Otros sitios con información histórica:

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¿Es la Ingeniería Informática una profesión regulada en Europa? https://blogs.ua.es/domingo/2016/07/01/es-la-ingenieria-informatica-una-profesion-regulada-en-europa/ https://blogs.ua.es/domingo/2016/07/01/es-la-ingenieria-informatica-una-profesion-regulada-en-europa/#comments Thu, 30 Jun 2016 22:12:19 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=537 Continue reading →]]> Esta es la tercera parte de una serie de posts sobre la regulación de la profesión informática. En los anteriores hablábamos sobre Bolonia y las ingenierías y sobre la fallida Ley de Servicios y Colegios Profesionales.

Una de las razones repetidas por los colegios profesionales en favor de la regulación de la profesión de Ingeniería Informática es la supuesta adecuación de la profesión a la situación europea. Por ejemplo el presidente del Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería en Informática, Juan Pablo Peñarrubia, declara que:

“Es alarmante que aún no se haya resuelto esta situación en un sector tan importante para la competitividad. Los profesionales reclamamos soluciones que corrijan […] la amenaza de penalización de nuestros profesionales respecto al resto de Europa.”

¿Está fundada esta preocupación? ¿Cuáles son las profesiones reguladas en Europa? ¿Está la Ingeniería Informática entre ellas? Vamos a bucear en la legislación, en las webs de la Comisión Europea y en distintos informes para buscar la contestación.

Tenemos que empezar considerando que la regulación profesional es un concepto que puede entrar en conflicto con la libre circulación de profesionales entre todos los países miembros, uno de los acuerdos más importantes de la Unión Europea. Cualquier profesional de un país de la UE puede desempeñar su trabajo y proporcionar servicios en cualquier otro país. En el caso de profesiones para las que se exija una determinada titulación (las profesiones reguladas de la que estamos hablando) la UE define un sistema basado en el reconocimiento de títulos entre los estados. Ningún estado miembro puede realizar exámenes ni pruebas específicas que limiten este reconocimiento.

Si buscamos en la web de la Comisión Europea, encontramos un par de páginas que recogen toda la información:

Vamos a resumir lo más importante, investigando el estado de la Ingeniería Informática en toda esta maraña legislativa.

La legislación que facilita el recnocimiento de las cualificaciones profesionales es la Directiva 2005/36/EC. El espíritu de la directiva es el reconocimiento mutuo de las profesiones. Una persona que ha obtenido acceso a una profesión regulada en un país de la UE no debe tener problemas en ejercer esa misma profesión en cualquier otro país de la UE. Ahora bien, ¿qué significa esa misma profesión?. Evidentemente, para aplicar la directiva se tiene que disponer de un catálogo de profesiones reguladas de cada país y una equivalencia entre ellas.

La directiva recoge un apéndice en el que se listan esas profesiones. La última version de este documento es del 13 de enero de 2016. Son 94 páginas en las que aparecen los nombres de las distintas profesiones (de médicos, enfermeros responsables de cuidados generales, odontólogos, veterinarios, matronas, farmacéuticos y arquitectos) en los idiomas originales de cada país. No hay ninguna mención a la ingeniería en general, ni a la ingeniería informática en concreto.

¿Entonces qué pasa con Informática? Busquemos un poco más. Resulta que existen directivas específicas y diversas legislaciones nacionales que se aplican a otras profesiones distintas de la Directiva 2005/36/EC. Por eso se decidió crear una base de datos de profesiones reguladas en cada país. Podemos hacer unas cuantas búsquedas:

Podríamos seguir así con más países, pero, por no aburrir, adelanto el resultado: los únicos países que regulan la Ingeniería Informática son Chipre, Grecia, Italia y Portugal. Se trata de los mismos países que, junto con España, regulan las ingenierías en su conjunto son. Sólo 5 de los 28 países de la UE. De hecho, ya lo decía en 2007 un interesante informe de la Secretaría de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia sobre la regulación de la profesión de ingeniero en la UE:

“En los países analizados de la Unión Europea, la profesión de ingeniero está regulada en Chipre, Grecia, Italia y Portugal. El resto de los países o bien no regulan la profesión o regulan sólo el ejercicio de algunas actividades o se limitan a proteger el uso de nombre.”

Por último, en la base de datos también existe la posibilidad de buscar por nombre de profesiones. Podemos listar los nombres en inglés de las 589 profesiones reguladas y buscar por dos términos: computer e informat. Encontramos tres profesiones:

  • “electrical and computer (technology) engineer” que aparece en 3 entradas. Dos en Grecia (en el que se regula la profesión) y uno en el Reino Unido, en un título (Member of the Institution of Engineering and Technology) que no tiene ninguna reserva de actividad (corresonde a un título oficial, pero la profesión no está regulada).
  • “informatics technician” que aparece en 6 entradas, correspondientes a 5 países (Grecia, Hungría, Islandia, Liechtenstein y Portugal) que no tienen ninguna reserva de actividad.
  • “Information systems engineer” que aparece también en 6 entradas, correspondientes otra vez a los 4 países antes mencionados más el Reino Unido. El reino unido no regula la profesión, sino que la define únicamente a efectos de reconocimiento de titulación, sin reserva de actividad.

¿Qué conclusiones podemos extraer?

Una conclusión general es que la regulación de las ingenierías en España es un caso especial en el marco europeo. Un caso especial que se ha mantenido durante décadas a pesar de la insistencia de las recomendaciones europeas para la desregulación. Durante años la Comisión Europea ha pedido cambiar la legislación española para hacerla más abierta y moderna. Incluso en la última recomendación de la Comisión Europea de 2016 se dice textualmente:

“No ha habido progreso en una reforma horizontal del marco regulatorio para las profesiones reguladas y las asociaciones profesionales. No se ha adoptado la reforma planeada en los sucesivos Programas Nacionales de Reforma. Esta reforma debe estar dirigida a definir las profesiones que requieren un registro en una organización profesional, aumentar la transparencia y la rendición de cuentas de los cuerpos profesionales, la apertura de las actividades reservadas no justificadas y la salvaguarda de la unidad de mercado en el acceso y el ejercicio a los servicios profesionales en España.”

La segunda conclusión es que la Ingeniería Informática sólo está regulada en unos pocos países europeos, en concreto Chipre, Grecia, Italia, Portugal. Por tanto, que no nos pongan Europa como excusa para la regulación. La falta de regulación de la Ingeniería Informática en España no tiene apenas ningún efecto en la búsqueda de trabajo en el extranjero. Es más, cientos de compatriotas excelentes informáticos e informáticas están ahora mismo ejerciendo la profesión sin ningún problema en países como el Reino Unido, Austria, Alemania o Irlanda. Paises en los que pueden trabajar plenamente con un título de Grado y sin necesidad de ningún master habilitante ni de ningún carnet. Lo único que se les pide es ser buenos profesionales.

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Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales https://blogs.ua.es/domingo/2016/06/20/anteproyecto-de-ley-de-servicios-y-colegios-profesionales/ https://blogs.ua.es/domingo/2016/06/20/anteproyecto-de-ley-de-servicios-y-colegios-profesionales/#comments Mon, 20 Jun 2016 17:46:05 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=525 Continue reading →]]> Vamos con el segundo post sobre el tema de la regulación profesional. Puedes consultar los otros:

En este post quiero presentar el resultado fallido del otro gran intento de liberalizar el rígido mundo de los colegios profesionales: el anteproyecto de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales.

Historia del anteproyecto

En el primer post veíamos cómo la adaptación de las titulaciones universitarias al espacio europeo no pudo cambiar la tradicional relación entre titulaciones y profesiones reguladas. Recordemos que el post terminó con la aprobación de los planes de estudio de las ingenierías. Fue en diciembre de 2008, al comienzo de la segunda legislatura de Rodríguez Zapatero.

Tres años después, en diciembre de 2011, el Partido Popular obtiene la mayoría absoluta en medio de una enorme crisis financiera. La Unión Europea presiona al gobierno para aplicar medidas de liberalización que suavicen la rigidez de distintos elementos de la economía española. En 2012 se produce el rescate bancario y los famosos hombres de negro de la Troika emiten sucesivos memorandums en los que se insiste una y otra vez en la necesidad de reformar y modernizar la estructura profesional española y adaptarla a las nuevas normas comunitarias.

Pues ni por esas. Aunque ciertos sectores del gobierno lo intentaron. El Ministerio de Economía y Competitividad elaboró una norma que adecuaba la legislación española sobre servicios profesionales a la normativa europea. Se llegó a elaborar un anteproyecto de ley que incluso tuvo su correspondiente dictamen del Consejo de Estado y estuvo a punto de aprobarse a finales de 2014. Pero la crítica de lobbies (colegios profesionales, jueces, abogados y otras organizaciones profesionales) y sectores del Partido Popular consiguieron finalmente detener la aprobación.

Contenido del anteproyecto

El documento es muy didáctico en varios aspectos. Por un lado, plantea en su preámbulo el estado del tema de los servicios profesionales, define conceptos y analiza la dispar legislación existente. Por otro lado, los cambios que plantea en la legislación y el hecho de que finalmente no llegara a aprobarse ponen de relieve el nivel de susceptibilidad y corporativismo de los sectores profesionales, incapaces de aceptar unos mínimos cambios.

En cuanto al estado de la cuestión de la regulación profesional, el anteproyecto comienza con algunas definiciones:

  • Cualificación: cualquier acreditación oficial, como un título o nivel del sistema educativo o aquella emitida por otras instituciones o Administraciones distintas de las educativas, que cuenten con valor profesional.
  • Profesión regulada: actividad o conjunto de actividades profesionales, cuyo ejercicio está condicionado a la posesión de determinadas cualificaciones.
  • Profesión titulada: actividad o conjunto de actividades de profesionales, cuyo ejercicio está condicionado a la posesión de un título académico oficial de educación superior.
  • Razones de interés general: razones definidas e interpretadas por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, limitadas a las siguientes: el orden público y la lucha contra el fraude; la seguridad pública y la protección civil; la salud pública y la sanidad animal; la protección del medio ambiente, el entorno urbano y el patrimonio histórico y artístico nacional; la protección jurídica, la seguridad y la salud de los destinatarios de servicios y de los trabajadores y la necesidad de garantizar un alto nivel en la calidad en la educación.

El anteproyecto establece claramente en su preámbulo el problema central de la regulación profesional: la legislación trata de regular las

“restricciones precisas para garantizar la confianza indispensable de los destinatarios de los servicios profesionales en la calidad de lo que reciben, así como su protección y seguridad y, por otra, las libertades necesarias para favorecer el desarrollo de la actividad.”

O sea, se trata de legislar sobre dos aspectos que pueden ser contrapuestos: por un lado, el interés de la sociedad de asegurar una calidad de los servicios obliga a ciertas restricciones; por otro, para facilitar el desarrollo de la actividad, es conveniente favorecer la competencia y la libertad de su ejercicio.

Ante esta disyuntiva, la ley establece un importante criterio en su artículo 7.1: sólo se pueden establecer restricciones al acceso a una actividad profesional o una profesión cuando sea necesario por razones de interés general y de acuerdo con los principios de proporcionalidad y no discriminación.

La ley intentaba introducir, en este sentido, varios artículos que establecían límites a nuevas regulaciones:

  • Artículo 8.1: Sólo podrá exigirse título oficial de educación superior para el acceso a una actividad profesional o profesión cuando así se establezca en norma estatal con rango de ley por razones de interés general.
  • Artículo 10: Las actividades profesionales y profesiones se ejercerán en régimen de libre competencia y estarán sujetas a la normativa de defensa de la competencia y de la competencia desleal, sin perjuicio de la legislación general y específica sobre ordenación sustantiva propia de cada profesión que resulte aplicable.
  • Artículo 11: Sólo podrán imponerse condiciones al ejercicio de una actividad profesional o profesión cuando así se establezca en norma con rango de ley o mediante una disposición de carácter general que desarrolle una previsión legal o transponga, desarrolle o aplique una norma de derecho de la Unión Europea, y conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 17/2009 de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

El intento liberalizador terminó en un cajón, a la espera de nuevos gobiernos que tengan la valentía de enfrentarse a este problema y terminen de adaptar legislación española a las obligaciones impuestas por las normas europeas. Pero dejó formuladas unas líneas mínimas por las que deberá discurrir cualquier legislación y normativa nueva.

¿Qué tiene que ver esto con la regulación de la Ingeniería Informática?

¿Qué tiene que ver todo este rollo legal con la cuestión actual regulación de la Ingeniería Informática? Mucho. A pesar de que no fuera aprobado, el anteproyecto plantea cuestiones que siguen vigentes.

En primer lugar, la cuestión general de la libertad de ejercicio profesional frente a la restricción de acceso sólo se debe plantear por razones de interés general. En nuestro caso, ¿el desarrollo de una aplicación web puede afectar el interés general de la sociedad? ¿O el de un videojuego? ¿O la administración y mantenimiento de un cluster de servicios? ¿O la de una base de datos? No lo creo.

En segundo lugar, las restricciones que se aprueben deben corresponderse con la legislación europea. Y aquí llegamos a un punto fundamental en la problemática actual. ¿Qué pasa en Europa? ¿Qué países europeos definen la Ingeniería Informática como una profesión regulada? ¿Existen restricciones en algún país europeo al ejercicio de la profesión informática? Lo dejamos para otro post… aunque adelato que la respuesta a todas estas preguntas es que la profesión informática no está regulada en ningún país europeo.

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Un poco de historia sobre Bolonia y las ingenierías https://blogs.ua.es/domingo/2016/06/19/un-poco-de-historia-sobre-bolonia-y-las-ingenierias/ https://blogs.ua.es/domingo/2016/06/19/un-poco-de-historia-sobre-bolonia-y-las-ingenierias/#respond Sun, 19 Jun 2016 18:55:16 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=511 Continue reading →]]> Este es el primer post de un grupo en los que trato el tema de la regulación profesional de la Ingeniería Informática. Puedes consultar también los siguientes:

Hace casi 10 años, en abril de 2007, el Gobierno aprobaba una reforma de la Ley Orgánica de Universidades en la que, para adaptarse al Espacio Europeo de Educación Superior (Bolonia) se introducían los niveles de Grado y Máster, despareciendo las tradicionales ingenierías técnicas e ingenierías superiores.

En los acuerdos de Bolonia parecía quedar claro que los grados debían permitir un ejercicio profesional pleno y que los másteres debían servir para facilitar especializaciones. Esto desató la preocupación en los sectores profesionales más tradicionales. ¿Un ingeniero con sólo 4 años de formación? ¿Dónde iba a quedar la diferenciación entre ingenieros técnicos e ingenerios superiores?

En este contexto, en junio de 2007, Benjamín Suárez (Profesor Catedrático la Escuela de Caminos de la Universidad Politécnica de Catalunya), y Domingo Docampo (ex Rector de la Universidad de Vigo), escribían un valiente artículo en el que manifestaban sus opiniones sobre cómo debía adaptarse la universidad española (en concreto, las ingenerías) al espacio europeo de educación superior (Bolonia).

En el artículo comentaban las presiones que los colegios profesionales iban a plantear:

“Se explica entonces que, ante una coyuntura de cambio, los colegios profesionales traten de defender sus intereses; […]. Es comprensible la posición de las organizaciones profesionales, comprensible pero preocupante, ya que al final condiciona el progreso en muchos campos de estudio y puede hacer que los árboles (intereses corporativos) impidan ver el bosque del interés social general.”

Y planteaban una opción liberalizadora, similar a la de países del entorno europeo:

“Ha llegado la hora de pasar de una atribución profesional genérica (de todo el colectivo) a otra basada en la competencia específica de los profesionales, como es norma en los países con los que estamos o vamos ineludiblemente a competir.”

O sea, ir a un modelo en el que se debería separar los títulos universitarios del ejercicio profesional. Los títulos universitarios no darían atribuciones profesionales genéricas, sino que serían las propias organizaciones profesionales (privadas) las que otorgarían acreditaciones (también privadas, no obligatorias).

Sin embargo, la presión de las organizaciones profesionales (junto con la falta de posicionamiento o el consentimiento declarado de universidades y escuelas politécnicas) terminó ahogando cualquier intento de aprovechar la reforma de Bolonia para realizar un cambio profundo en la relación entre titulaciones y profesiones. En efecto, el decreto 1393/2007 de 29 de octubre liberalizó todas las titulaciones (eliminando la necesidad de que el Gobierno aprobara los planes de estudios de las titulaciones), salvo para el caso de las profesiones reguladas:

“Cuando se trate de títulos que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, el Gobierno establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios, que además deberán ajustarse, en su caso, a la normativa europea aplicable. Estos planes de estudios deberán, en todo caso, diseñarse de forma que permitan obtener las competencias necesarias para ejercer esa profesión. A tales efectos la Universidad justificará la adecuación del plan de estudios a dichas condiciones.”

Estas condiciones son las famosas fichas, que terminaron aprobándose en un acuerdo del Consejo de Ministros del 26 de diciembre de 2008, en las que se establece que para ser Ingeniero tienes que tener un Máster. Y se listan todas las profesiones reguladas de Ingeniero, en las que no está Informática. En esa misma fecha se determinan las fichas de los grados que habilitan para ingenierías técnicas reguladas.

Paradojas de la vida. El llamado proceso de Bolonia, que algunos vimos como una oportunidad de separar los aspectos académicos de las competencias profesionales y de los intereses de los colegios profesionales, ha terminado haciendo que los estudiantes de las ingenierías reguladas tengan que pasarse ahora más años en la universidad. Los antiguos planes de ingenierías técnicas de tres años se han convertido ahora en grados de cuatro años y las antiguas ingenierías superiores se han transformado en un grado más un master (en muchos casos de dos años). Con las ingenierías ha pasado igual que con muchos otros “cambios” de nuestros modelos educativos: al final nos hemos quedado con el mismo perro, pero con distinto collar.

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La razón del fracaso de Linux https://blogs.ua.es/domingo/2012/09/03/la-razon-del-fracaso-de-linux/ https://blogs.ua.es/domingo/2012/09/03/la-razon-del-fracaso-de-linux/#comments Mon, 03 Sep 2012 16:00:56 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=499 Continue reading →]]> Miguel de Icaza explica en su post What Killed the Linux Desktop la razón fundamental del fracaso de Linux, frente al éxito del Mac OS, también basado en Unix.

Linux es un proyecto open source en el que los desarrolladores promueven la excelencia, la innovación y el reconocimiento. El desarrollo colaborativo del sistema operativo está basado en un sistema meritocrático, en el que hay que demostrar un gran nivel técnico para ser aceptado como committer y poder realizar y publicar cambios en el software.

El problema de este enfoque es que las tareas más aburridas se quedan sin hacer. Nadie se ofrece como voluntario para arreglar una librería que ha dejado de ser compatible con un nuevo driver, de corregir un bug que afecta a unas pocas aplicaciones o de documentar correctamente un parche que se acaba de subir para que la nueva funcionalidad X funcione correctamente en la distribución Y.

En palabras de Miguel de Icaza:

La compatibilidad hacia atrás y la compatibilidad entre las distribuciones de Linux no es un problema sexy. Ni siquiera es un problema interesante. Nadie quiere hacer ese trabajo, todos quieren innovar y ser responsables de la gran nueva funcionalidad de Linux.

Por ello, Linux se dejó en manos de idealistas que querían diseñar el mejor sistema posible sin tener que preocuparse acerca de detalles aburridos como el soporte y la compatibilidad hacia atrás.

La falta de compatibilidad causó que:

El soporte de Linux Desktop se convirtió en una carga para los desarrolladores independientes […] No reconocimos el problema de fondo. Alienamos en el proceso a los desarrolladores de aplicaciones. El ecosistema que ha florecido con el AppStore del OS X de Apple es sencillamente imposible de conseguir hoy en Linux.

Es una lección aplicable a muchos ámbitos. La innovación y las ideas están sobrevaloradas. No valen nada si no están acompañadas de trabajo duro, constante y aburrido. Los detalles aburridos son necesarios para que las cosas funcionen.

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Alan Turing en 200 palabras https://blogs.ua.es/domingo/2012/07/06/alan-turing-en-200-palabras/ https://blogs.ua.es/domingo/2012/07/06/alan-turing-en-200-palabras/#comments Fri, 06 Jul 2012 10:04:57 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=471 Continue reading →]]> alan_turing.jpg Un debate en la revista Science ha originado uno de los mejores artículos cortos sobre la importancia de Alan Turing como padre de la computación y de la informática.

Con motivo del centenario de Alan Turing, su biógrafo Andrew Hodges, autor de la obra definitiva sobre Turing, publicó en Science el 13 de abril de 2012 el artículo Beyond Turing’s Machines en el que exaltaba la importancia de su figura, de su modelo computacional y de sus trabajos pioneros en el nacimiento de los primeros computadores.

Dos meses después, el 29 de junio, Science publicaba una carta de Jürgen Schmidhuber en la que argumentaba que la importancia dada a Turing en el artículo era excesiva. Decía que sus trabajos eran reformulaciones de otros trabajos previos. Por ejemplo, en el campo de la teoría de la computación Schmidhuber afirmaba que “el trabajo de Turing es meramente una reformulación del trabajo de Gödel de una forma más elegante“. Y también ponía el computador de Konrad Zuse como un ejemplo de una máquina física digital universal previa a los trabajos de Turing con computadores electrónicos.

La carta terminaba con el siguiente párrafo:

Turing, el gran héroe de la informática, seguramente se merece un lugar central en su centenario. ¡Pero no exageremos sus logros a expensas de otros!

Demasiado para Hodges. En el mismo número Science publica su réplica, corta pero contundente. Se trata de un texto que consigue condensar en poco más de 200 palabras la enorme figura de Alan Turing:

Turing resolvió en 1936 el problema de la decidibilidad de Hilbert, un problema que el trabajo de Gödel no había resuelto. Lo hizo basándose en un análisis filosófico completamente original del concepto de computación.

El trabajo de 1936 también introdujo el concepto de máquina universal que proporcionó las bases teóricas del computador moderno. Turing introdujo el concepto de que la computación puede actuar en estructuras generales simbólicas, no necesariamente aritméticas. En particular, explotó el hecho de que un programa es en si mismo una de esas estructuras. Sobre la base de esta profunda comprensión fue sobre la que Turing pudo escribir en 1945 los planos detallados para lo que llamó la versión práctica de su máquina universal […]

Turing ilustró la universalidad con ejemplos de física, matemáticas, álgebra y procesamiento de datos, pero también de criptología y del juego del ajedrez. Aun más sorprendente, enfatizó que los programas podrían escribirse de una forma amistosa para el usuario, siendo el computador mismo el que los traduciría a código máquina. Esta visión amplia y a largo plazo le llevó también a investigar las posibilidades de que los procesos computables simularan la mente humana

Muchas grandes figuras como Gödel, Babbage, Church, von Numan y Shanon, por nombrar sólo a algunas, poblaron el paisaje en el que Turing hizo sus contribuciones. Pero Turing tuvo un lugar distintivo al conectar la teoría con la práctica y la lógica con la física.

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Másteres de Informática publicados en el BOE https://blogs.ua.es/domingo/2012/04/04/masteres-de-informatica-publicados-en-el-boe/ https://blogs.ua.es/domingo/2012/04/04/masteres-de-informatica-publicados-en-el-boe/#respond Wed, 04 Apr 2012 09:00:57 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=413 Continue reading →]]> Con la reforma de las titulaciones universitarias para adaptarlas al acuerdo de Bolonia las universidades han propuesto una gran cantidad de másteres oficiales. La modificación de julio de 2010 de la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales establece en su artículo 26 que, tras la autorización de la Comunidad Autónoma y la verificación por la ANECA, los planes de estudios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

Me ha parecido interesante listar en un única página todos los másteres publicados en el BOE relacionados con la Informática. Entiendo la disciplina Informática en un sentido amplio (Computer Science en inglés, que se plasma en los diferentes computing curricula de la ACM y el IEEE), incluyendo por tanto áreas como ingeniería del software, lenguajes de programación, computación distribuida, sistemas operativos, arquitectura de computadores, gráficos, interfaces de usuario, sistemas inteligentes o gestión de la información.

El objetivo de la página es recopilar en un único lugar los enlaces a la información oficial de los planes de estudio. Se trata de una información bastante escueta que hay que completar con la proporcionada por la web específica de cada universidad. Sin embargo, es una información muy relevante ya que es la base de aspectos fundamentales de los estudios y del expediente académico de los estudiantes (la organización de la docencia, movilidad y transferencia de créditos entre titulaciones, suplemento europeo al título, etc.).

La lista puede tener omisiones, ya que la he obtenido de forma manual, usando la búsqueda avanzada del BOE con los términos “plan estudios máster” y revisando los resultados. Si conoces algún máster que no aparezca te agradecería que escribieras un comentario y así podemos completar la información.

Aviso: Algunos másteres oficiales aprobados en las universidades no aparecen en el listado porque todavía no han enviado sus planes de estudios para la publicación en BOE. Eso no significa que no tengan carácter oficial, ya que sólo es obligatorio hacerlo desde Julio de 2010. Las titulaciones oficiales se pueden buscar en los enlaces de esta página del Ministerio de Educación.

Lista ordenada por fecha de publicación en el BOE
(Última actualización: 4/4/2012)

  • Universidad de Las Palmas de Gran Canaria – Máster en Ingeniería Informática (BOE 31/3/2012)
  • Universidad de las Illes Balears – Máster en Tecnologías de la Información (BOE 31/3/2012)
  • Universidad a Distancia de Madrid – Máster en Ingeniería del Software (BOE 28/3/2012)
  • Universidad de Extremadura – Máster en Ingeniería Informática (BOE 10/2/2012)
  • Universidad de Extremadura – Máster en Dirección TIC (BOE 10/2/2012)
  • Universidad de Granada – Máster en Tecnologías Multimedia (BOE 9/2/2012)
  • Universidad de Granada – Máster en Soft Computing y Sistemas Inteligentes (BOE 9/2/2012)
  • Universidad de Granada – Máster en Ingeniería de Computadores y Redes (BOE 9/2/2012)
  • Universidad de Granada – Máster en Desarrollo del Software (BOE 9/2/2012)
  • Universidad Alfonso X el Sabio – Máster en Ingeniería de Desarrollo para Dispositivos Móviles (BOE 21/1/2012)
  • Universidad de Vigo – Máster en Sistemas Software Inteligentes y Adaptables (BOE 10/1/2012)
  • Universidad de A Coruña – Máster en Computación (BOE 18/11/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Matemática Computacional (BOE 27/10/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Lógica, Computación e Inteligencia Artificial (BOE 27/10/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Ingeniería y Tecnología del Software (BOE 27/10/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Ingeniería de Computadores y Redes (BOE 27/10/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Automática, Robótica y Telemática (BOE 27/10/2011)
  • Universidad del País Vasco – Máster en Sistemas Informáticos Avanzados (BOE 25/8/2011)
  • Universidad del País Vasco – Máster en Ingeniería de Control, Automatización y Robótica (BOE 25/8/2011)
  • Universidad del País Vasco- Máster en Análisis y Procesamiento del Lenguaje (BOE 20/8/2011)
  • Universidad del País Vasco – Máster en Ingeniería Computacional y Sistemas Inteligentes (BOE 18/8/2011)
  • Universidad de Huelva – Máster en Tecnologías Informáticas Avanzadas (BOE 10/8/2011)
  • Universidad de Alcalá – Máster en Sistemas Electrónicos Avanzados. Sistemas Inteligentes (BOE 18/7/2011)
  • Universidad Pontificia de Salamanca – Máster Ingeniería Informática (BOE 15/7/2011)
  • Universidad Carlos III – Máster en Robótica y Automatización (BOE 23/6/2011)
  • Universidad Carlos III – Máster Sistemas Electrónicos Avanzados (BOE 23/6/2011)
  • Universidad de Alicante – Máster en Tecnologías de la Informática (BOE 20/6/2011)
  • Universidad de Alicante – Máster en Desarrollo de Aplicaciones y Servicios Web (BOE 18/6/2011)
  • Universidad de Santiago de Compostela – Máster en Computación de Altas Prestaciones (BOE 21/4/2011)
  • Universidad de Zaragoza – Máster en Ingeniería de Sistemas e Informática (BOE 20/4/2011, modificación)
  • Universidad Alfonso X el Sabio – Máster en Ingeniería Informática (BOE 22/3/2011)
  • Universidad de Murcia – Máster en Nuevas Tecnologías en Informática (BOE 18/3/2011)
  • Universidad de Sevilla – Máster en Gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (BOE 22/2/2011)
  • Universidad de Alcalá – Máster en Administración de Sistemas Informáticos (BOE 14/2/2011)
  • Universidad de Alcalá – Máster en Dirección de Proyectos Informáticos (BOE 14/2/2011)
  • Universidad de Alcalá – Máster en Ingeniería del Software para la Web (BOE 14/2/2011)
  • Universidad de Alcalá – Máster en Sistemas Informáticos y Redes (BOE 14/2/2011)
  • Universidad de Almería – Máster en Informática Industrial (BOE 14/2/2011)
  • Universidad Politécnica de Valencia – Máster en Automática e Informática Industrial (BOE 28/1/2011)
  • Universidad Politécnica de Valencia – Máster en Contenidos y Aspectos Legales en la Sociedad de la Información (BOE 28/1/2011)
  • Universidad Jaume I – Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (BOE 3/12/2010 )
  • Universidad de Málaga – Máster Universitario en Ingeniería del Software e Inteligencia Artificial (BOE 15/11/2010 )
  • Universidad de Extremadura – Máster Universitario en Computación Grid y Paralelismo (BOE 9/11/2010)
  • Universidad de Oviedo – Máster Universitario en Sistemas y Servicios Informáticos para Internet (BOE 8/11/2010)
  • Universidad de Oviedo – Máster Universitario en Soft Computing y Análisis Inteligente de Datos (BOE 8/11/2010)
  • Universidad Carlos III – Máster Universitario en Bibliotecas y Servicios de Información Digital (BOE 17/9/2010)
  • Universidad Carlos III – Máster Universitario en Ciencia y Tecnología Informática (BOE 17/9/2010)
  • Universidad Carlos III – Máster Universitario en Ingeniería Informática (BOE 17/9/2010)
  • Universidad Carlos III – Máster Universitario en Robótica y Automatización (BOE 17/9/2010)
  • Universidad Carlos III – Máster Interuniversitario en Multimedia y Comunicaciones (BOE 17/9/2010)
  • Universidad de Málaga – Máster Universitario en Sistemas Electrónicos para Entornos Inteligentes (BOE 20/8/2010)
  • Universidad de Zaragoza – Máster Universitario en Ingeniería de Sistemas e Informática (BOE 16/7/2010)
  • Universidad Autónoma de Madrid – Máster Universitario en Ingeniería Informática y de Telecomunicación (BOE 12/7/2010)
  • Universidad Europea de Madrid – Máster Universitario en Gestión Integral de Tecnologías de la Información (BOE 6/7/2010)
  • Universidad Europea de Madrid – Máster Universitario en Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (BOE 6/7/2010)
  • Universidad de Castilla-La Mancha – Máster Universitario en Tecnologías Informáticas Avanzadas (BOE 29/3/2010)
  • Universidad de Deusto – Máster Universitario en Desarrollo e Integración de Soluciones Software (BOE 12/1/2010)
  • Universidad de Deusto – Máster Universitario en Seguridad de la Información (BOE 12/1/2010)
  • Universidad Alfonso X el Sabio – Máster Universitario en Ingeniería de Seguridad de la Información y las Comunicaciones (BOE 21/12/2009)
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Títulos propios de Informática de la Universidad de Alicante https://blogs.ua.es/domingo/2011/06/10/titulos-propios-de-informatica-de-la-universidad-de-alicante/ https://blogs.ua.es/domingo/2011/06/10/titulos-propios-de-informatica-de-la-universidad-de-alicante/#respond Fri, 10 Jun 2011 18:24:31 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=435 Continue reading →]]> Junto con los másteres universitarios oficiales, los títulos propios completan la oferta de formación de postgrado y especialización ofertada por las universidades. Los títulos propios proporcionan una formación más flexible y diversificada que ofrece especialización profesional, académica o actualización de conocimientos acorde a las demandas de “Aprendizaje a lo largo de la vida” (Life Long Learning), que propugna el EEES.

De la lista completa de títulos propios ofertados por la Universidad de Alicante, destaco a continuación los que pueden ser de interés para una especialización desde las Titulaciones de Informática:

Títulos de Especialista Universitario

Títulos de Experto Universitarion

Los títulos propios son títulos reconocidos y su oficialidad proviene de la garantía de ser un título que ha superado a su vez todos los controles normativos y de calidad de una universidad pública. En el caso de la Universidad de Alicante, la normativa sobre títulos propios de postgrado y especialización distingue los títulos de másteres propios, especialista y experto universitario.

Los títulos propios de especialista universitario son títulos de postgrado que pueden ser cursados con un título universitario o habiendo superado un primer ciclo (o 180 créditos) de una titulación universitaria. Deben tener un mínimo de 200 horas (20 créditos).

Los títulos propios de experto universitario son títulos de especialización para los que no se requieren necesariamente titulación universitaria. Podrán cursarlos aquellos solicitantes que reúnan los requisitos de acceso a titulaciones de la Universidad o sean profesionales directamente relacionados con la especialidad del curso. Deben tener un mínimo de 200 horas (20 créditos).

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Añadiendo la ruta al portapapeles en Mac OS X https://blogs.ua.es/domingo/2011/05/29/anadiendo-la-ruta-al-portapapeles-en-mac-os-x/ https://blogs.ua.es/domingo/2011/05/29/anadiendo-la-ruta-al-portapapeles-en-mac-os-x/#respond Sun, 29 May 2011 06:34:16 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=393 Continue reading →]]> Últimamente estoy utilizando emacs y Org-mode como sistema de organización y tomar notas. Una tarea que me lleva mucho tiempo es la de insertar enlaces a ficheros del disco: hay que copiar la ruta del fichero y pegarla en el texto.

La solución ha sido crear un servicio con Automator en el que:

1. Se recibe la selección de archivos o carpetas en Finder.app

2. Se ejecuta el AppleScript

	on run {input, parameters}
	   set output to {}
	   repeat with x in input
	      copy the POSIX path of x to the end of output
	   end repeat
	   return output
	end run

3. Se copia el resultado en el portapapeles

Lo salvamos como servicio (con el nombre PathToClipBoard, por ejemplo) y ya está disponible en el menú de acciones contextuales.

Pinchamos con el botón derecho en el fichero deseado, seleccionamos el servicio y el AppleScript hace el resto. Ya sólo tenemos que pegar. La ruta está en el portapapeles.

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Cómo conseguir (casi) un 100% de seguimiento en una huelga en la universidad https://blogs.ua.es/domingo/2010/09/30/como-conseguir-casi-un-100-de-seguimiento-en-una-huelga-en-la-universidad/ https://blogs.ua.es/domingo/2010/09/30/como-conseguir-casi-un-100-de-seguimiento-en-una-huelga-en-la-universidad/#comments Thu, 30 Sep 2010 11:59:04 +0000 https://blogs.ua.es/domingo/?p=377 Continue reading →]]>

La huelga general fue un gran éxito ayer en la Universidad de Alicante. No se impartió ninguna clase ni se atendió a ningún alumno. Casi el 100% del personal la siguió. Conseguir este éxito no ha sido fácil, ni mucho menos.

Como ingeniero en informática, he aprendido la importancia de una buena documentación. Si un proceso se documenta correctamente otros equipos que se enfrenten con el mismo problema no tendrán que abordarlo desde cero. No hay que reinventar la rueda.

Vamos a intentar listar algunas reglas que garantizan el éxito de la convocatoria. Así futuros equipos de gobierno de la UA no tendrán que improvisar y contarán con un guión ya probado:

1. No penalizar económicamente a nadie que haga huelga. Una forma de conseguir esto es no llevar un control horario del trabajo de los profesores (no hacerles “fichar”, vamos). Así no se podrá saber qué miembros del PDI han hecho huelga y no se les podrá repercutir la penalización. Los miembros del PAS pedirán, con toda razón, que a ellos tampoco se les quite parte del sueldo.

2. Desde rectorado no se deben hacer comentarios, ni comunicados, ni declaraciones a la comunidad universitaria. Los sindicatos convocantes de la huelga ya se encargarán de enviar toda la información posible.

3. El Gerente debe enviar la lista de servicios mínimos justo el día antes de la huelga. Y los servicios deben ser muy, pero que muy mínimos. Para que no se olvide, anotamos la lista que se ha propuesto esta vez:

  • Secretaría del Rectorado (1 persona por la mañana y una por la tarde).
  • Registro General (1 persona por la mañana y una por la tarde).
  • Vicerrectorados (1 persona por la mañana).
  • Servicio de Prevención.
  • Servicio de Informática.
  • Biblioteca General, como sala de estudios y servicio de consulta en sala (3 personas por la mañana y 3 por la tarde).

4. Muy importante: los edificios deben permanecer cerrados el día de la huelga. No debe haber ninguna referencia a su apertura en la lista anterior de servicios mínimos, ni encargarse a otro personal distinto de las conserjerías que los abran. El personal de seguridad no planteará ningún problema. Al contrario: ya saben que si el edificio está cerrado debe permanecer así.

5. Lo más importante: conseguir que las entradas de la universidad estén cerradas de 7:00 a 9:30 h. Si algún despistado o insolidario intenta entrar en el recinto universitario sólo lo podrá hacer saltando la valla o entrando por alguna obra escondida. Sobre todo, es muy importante que la policía tarde bastante en llegar y que los servicios de seguridad no tengan claro qué hacer cuando encuentren las puertas cerradas con cadenas y los piquetes informativos bloqueando las entradas de la universidad.

Siguiendo estas directrices, es seguro que conseguiremos (casi) un 100% de seguimiento de la huelga. Comprobado.

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