La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones vinculadas con el llevado electrónico de libros y registros tributarios mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
La medida fue establecida mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000041-2026-SUNAT/700000, que amplía lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000039-2023-SUNAT/700000 y sus normas ampliatorias.
La disposición comprende las infracciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, relacionadas con el Registro de Ventas e Ingresos electrónico (RVIE) y el Registro de Compras electrónico (RCE).
En concreto, la facultad discrecional se aplicará también cuando dichas infracciones se configuren durante los períodos de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2026, así como enero de 2027.
Asimismo, se prorroga hasta el 28 de febrero de 2027 el plazo para subsanar la generación del RVIE y del RCE mediante el SIRE y efectuar, de corresponder, los ajustes respectivos en dicho sistema.
La Sunat explicó que, desde julio de 2023, la incorporación progresiva al uso obligatorio del SIRE ha estado acompañada de esta facultad discrecional, con el propósito de facilitar la adaptación de los contribuyentes y desarrollar acciones inductivas para promover el cumplimiento de sus obligaciones.
La entidad identificó, sin embargo, que persiste un grupo de contribuyentes que no genera los registros electrónicos o que los genera y efectúa anotaciones de manera extemporánea. Estas dificultades de adaptación mantienen el riesgo de comisión de las infracciones previstas en el artículo 175 del Código Tributario.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 30/08/2026
]]>
El Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), designó a César Alfonso Luna Victoria como superintendente nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y nombró a Clara Rossana Urteaga Goldstein como presidenta del Tribunal Fiscal del MEF.
Las designaciones fueron oficializadas mediante las resoluciones supremas N.º 027-2026-EF y N.º 028-2026-EF, respectivamente, publicadas en el diario oficial El Peruano.
Nuevo titular de la SUNAT
César Luna Victoria es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y cuenta con estudios de maestría en Derecho por la misma universidad. Posee una amplia trayectoria profesional en derecho tributario, corporativo y financiero, así como experiencia en gestión pública y asesoría especializada.
En el sector público, fue ministro de lo que hoy son el Ministerio Comercio Exterior y Turismo, y el Ministerio de la Producción; e integrante de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI).
También ejerce la docencia en la Facultad de Derecho de la PUCP desde hace 40 años. Es asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y fue presidente de la Asociación Fiscal Internacional (IFA–Grupo Peruano).
Como titular de la SUNAT, tendrá a su cargo la conducción de la administración tributaria y aduanera del país, así como el fortalecimiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la gestión institucional.
Nueva presidenta del Tribunal Fiscal
Clara Urteaga es abogada por la PUCP y magíster en Tributación y Política Fiscal por la Universidad de Lima. También cuenta con un máster internacional en Administración Tributaria y Hacienda Pública, además de especializaciones en tributación, administración tributaria y gestión pública.
Entre 1991 y 2018 desarrolló una amplia trayectoria en la SUNAT, donde ocupó cargos como intendenta nacional jurídica, secretaria institucional, funcionaria de la Alta Dirección y asesora especialista en tributación. También fue asesora de la Gerencia General del Banco de la Nación y se ha desempeñado como consultora tributaria y docente universitaria.
Urteaga presidirá el Tribunal Fiscal, órgano resolutivo del MEF que constituye la última instancia administrativa en materia tributaria y aduanera y tiene entre sus funciones resolver las controversias entre los contribuyentes y las administraciones tributarias.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 06/08/2026
Mediante la presente Resolución, se modifica el cronograma establecido por la R.S. N.° 000048-2026/SUNAT, postergando tanto su entrada en vigor como la obligación de determinados contribuyentes de emitir documentos de manera electrónica.
Principales cambios:
– Los Formularios N.os 836 y 847 podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2026.
– El Formulario N.° 837 podrá presentarse hasta el 31 de marzo de 2027.
– Se autoriza la emisión de notas de crédito y débito electrónicas respecto de determinados documentos autorizados emitidos hasta el 31 de diciembre de 2026.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 31/07/2026
Fecha de vigencia: 01/08/2026
Mediante la presente norma, se modifica la Ley de Mecenazgo Deportivo para fortalecer el financiamiento privado del deporte de alta competencia y mejorar los incentivos tributarios. Entre los principales cambios, amplía las actividades financiables, eleva al 15 % el límite de deducción tributaria, refuerza la evaluación técnica a cargo del IPD, establece mayores controles para evitar el uso indebido de los beneficios fiscales y prorroga la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2029.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: Julio de 2026
Fecha de vigencia: Al día siguiente de su publicación, salvo las disposiciones referidas al literal f) del numeral 5.1 del artículo 5, el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 y el numeral 7.6 del artículo 7, que entran en vigor el 1 de enero de 2027.
]]>
Mediante la presente Resolución, se posterga de junio a octubre de 2026 la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) mediante el SIRE para los principales contribuyentes designados al 31 de diciembre de 2024 cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superen las 2 300 UIT.
Asimismo, se prorroga hasta setiembre de 2026 la posibilidad de continuar llevando los registros electrónicos a través del SLE-PLE o SLE-Portal, y se establece una medida excepcional para los contribuyentes que ya hubieran cerrado sus registros en el SLE-PLE con miras a migrar al SIRE, permitiéndoles seguir utilizando dicho sistema hasta ese período, siempre que no hayan generado sus registros mediante el SIRE.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 30/06/2026–Ed. Extraordinaria
Fecha de vigencia: 01/07/2026
Mediante la presente Resolución, se designa a Gerardo Arturo López Gonzales como Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos de la SUNAT, con vigencia desde el 1 de julio de 2026, mediante Resolución de Superintendencia, conforme a la Ley N.° 27594 y al Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 01/07/2026
Fecha de vigencia: 01/07/2026
Se aprueba el listado de entidades exceptuadas del Régimen de Percepciones del IGV, elaborado por la SUNAT y aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 120-2026-EF. Las entidades incluidas no estarán sujetas a la percepción del IGV en los casos previstos por la ley. El listado será publicado en la sede digital del MEF y entrará en vigencia el 1 de julio de 2026.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 28/06/2026
Fecha de vigencia: 29/06/2026
La SUNAT prorrogó hasta el 1 de noviembre de 2026 el uso excepcional del ticket de salida para el traslado de determinadas mercancías de comercio exterior, a fin de facilitar la adecuación a las nuevas reglas de las guías de remisión electrónicas.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 28/06/2026
Fecha de vigencia: 29/06/2026
Mediante la presente Resolución, se modifican las normas del RUC, SUNAT Operaciones en Línea y el Reglamento de Comprobantes de Pago para establecer la obligación de registrar y validar el correo electrónico y el número de teléfono móvil de todos los contribuyentes, fortalecer la seguridad del acceso a los servicios virtuales de la SUNAT y simplificar trámites mediante los nuevos Formularios Virtuales N.° 3130-1 y 3130-2, que permiten iniciar actividades económicas, cambiar el tipo de contribuyente y, de corresponder, solicitar la baja de comprobantes de pago no utilizados en un solo trámite.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 30/06/2026
Fecha de vigencia: 01/07/2026
Mediante la presente Resolución, la SUNAT amplía la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar las infracciones relacionadas con el llevado de libros y registros electrónicos mediante el SIRE, beneficiando tanto a los contribuyentes obligados hasta mayo de 2026 como a los incorporados desde junio de 2026. En ese sentido, podrán regularizar la generación y ajustes del RVIE y RCE hasta el 31 de agosto de 2026, sin la aplicación de las sanciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 28/06/2026
Fecha de vigencia: 29/06/2026